Términos y condiciones de suministro de productos y servicios de la empresa Irida Ibérica, S.L
Política de Privacidad

Se llama la atención del Cliente, en particular, sobre las disposiciones de la cláusula 11.

 

1.INTERPRETACIÓN

1.1. Definiciones. En estas Condiciones, se aplican las siguientes definiciones:

Día hábil: un día (que no sea sábado, domingo o festivo) en el que los bancos están abiertos al público.

Condiciones: los términos y condiciones establecidos en el presente documento, tal y como se modifiquen periódicamente de conformidad con la cláusula 14.6.

Contrato: el contrato entre el Proveedor y el Cliente para la compraventa de los Bienes y la prestación de los servicios de acuerdo con las presentes Condiciones.

Cliente: la persona o empresa que compra los Bienes al Proveedor.

Entregables: los entregables establecidos en la Confirmación de Pedido.

Caso de fuerza mayor: tiene el significado que se le da en la cláusula 12.

Bienes: los bienes (o cualquier parte de ellos) establecidos en el Pedido.

Pedido: el pedido de los Bienes por parte del Cliente, tal y como se detalla en las instrucciones por teléfono, en el formulario de pedido del Cliente, en la aceptación por escrito del Cliente del presupuesto del Proveedor, o en el anverso, según sea el caso.

Servicios: los servicios, incluyendo los Entregables, que el Proveedor debe suministrar al Cliente según lo establecido en la Confirmación de Pedido.

Especificación: cualquier especificación de los Bienes y/o Servicios, incluyendo los planos y dibujos relacionados, tal y como se establece en la página web del Proveedor, tal y como se detalla en particular en la Confirmación de Pedido o como se acuerde por escrito entre el Cliente y el Proveedor.

Proveedor: Irida Ibérica, con domicilio social en C/ Riocabado 4, 28041 de Madrid provincia de Madrid e inscrita en el Registro Mercantil de Madrid bajo el número de protocolo 2010/2124/N/29/07/2010

1.2. Construcción. En las presentes Condiciones, se aplican las siguientes reglas: a) Una persona incluye una persona física, una corporación o una entidad no constituida en sociedad (tenga o no personalidad jurídica propia).

  1. b) Una referencia a una parte incluye a sus representantes personales, sucesores o cesionarios autorizados.
  2. c) Una referencia a una ley o disposición legal es una referencia a dicha ley o disposición tal y como ha sido modificada o promulgada. Una referencia a una ley o disposición legal incluye cualquier legislación subordinada hecha bajo esa ley o disposición legal, tal y como sea modificada o promulgada.
  3. d) Cualquier frase introducida por los términos incluyendo, incluyendo, en particular o cualquier expresión similar se interpretará como ilustrativa y no limitará el sentido de las palabras que preceden a dichos términos.
  4. e) Una referencia a la escritura o al escrito incluye el fax pero excluye el correo electrónico.

 

2.BASES DEL CONTRATO

2.1. Las presentes Condiciones se aplican al Contrato con exclusión de cualesquiera otras condiciones que el Cliente intente imponer o incorporar, o que estén implícitas en el comercio, la costumbre, la práctica o el curso de los negocios.

2.2. El Pedido constituye una oferta del Cliente para adquirir los Bienes y/o Servicios de acuerdo con estas Condiciones. El Cliente es responsable de asegurarse de que los términos del Pedido y cualquier especificación aplicable son completos y precisos.

2.3. El Pedido sólo se considerará aceptado cuando el Proveedor emita una aceptación por escrito de este («Acuse de recibo del Pedido»), momento en el que entrará en vigor el Contrato.

2.4. La ejecución del Contrato sólo comenzará cuando el Proveedor reciba, en fondos compensados, cualquier cantidad requerida del Cliente en concepto de depósito o pago inicial de acuerdo con la Confirmación del Pedido o acordado de otra manera por escrito.

2.5. El Contrato constituye el acuerdo completo entre las partes. El Cliente reconoce que no se ha basado en ninguna declaración, promesa o representación hecha o dada por el Proveedor o en su nombre que no esté establecida en el Contrato.

2.6. Todas las muestras, dibujos, material descriptivo o publicidad producidos por el Proveedor y todas las descripciones o ilustraciones contenidas en los catálogos o folletos del Proveedor se producen con el único fin de dar una idea aproximada de los Bienes descritos en ellos. No formarán parte del Contrato ni tendrán ninguna fuerza contractual.

2.7. Un presupuesto de los Bienes y/o Servicios dado por el Proveedor no constituirá una oferta y el Proveedor tendrá derecho a modificar o revocar un presupuesto o cualquier parte del mismo en cualquier momento.

2.8. Para evitar dudas, es responsabilidad exclusiva del Cliente seleccionar los Bienes y Servicios correctos al realizar un Pedido. El Proveedor proporcionará orientación sobre la selección de los bienes apropiados para un propósito si así lo solicita el Cliente, sin embargo, el Proveedor no aceptará ninguna responsabilidad por la selección de los Bienes o Servicios solicitados por el Cliente y, en particular, por cualquier funcionalidad o propósito si se requiere en cualquier momento, sea o no revelado por el Cliente al Proveedor antes de realizar un Pedido.

 

  1. MERCANCÍAS

3.1. Los Bienes se describen en la Especificación.

3.2. En la medida en que las Mercancías deban ser fabricadas de acuerdo con una Especificación suministrada por el Cliente, el Cliente indemnizará plenamente y mantendrá al Proveedor plenamente indemnizado por todas las responsabilidades, costes, gastos, daños y perjuicios (incluyendo cualquier pérdida directa, indirecta o consecuente, pérdida de beneficios, pérdida de reputación y todos los intereses, sanciones y costes y gastos legales y otros profesionales) sufridos o incurridos por el Proveedor en relación con cualquier reclamación presentada contra el Proveedor por infracción real o supuesta de los derechos de propiedad intelectual de un tercero que surja de o en relación con el uso de la Especificación por parte del Proveedor. Esta

cláusula 3.2 sobrevivirá a la terminación del Contrato.

3.3. El Proveedor se reserva el derecho de modificar la especificación de los bienes si así lo exigen los requisitos legales o reglamentarios aplicables.

 

  1. ENVÍO

4.1. El Proveedor entregará los Bienes en el lugar establecido en el Pedido o en cualquier otro lugar que las partes acuerden (Lugar de Entrega) en cualquier momento después de que el Proveedor notifique al Cliente que los Bienes están listos, salvo que el Cliente y el Proveedor acuerden otra cosa por escrito.

4.2. La entrega de los Bienes se completará con la llegada de los Bienes al Lugar de Entrega.

4.3. Cualquier fecha citada para la entrega es sólo aproximada, y el tiempo de entrega no es esencial. El Proveedor no será responsable de ningún retraso en la entrega de las Mercancías que sea causado por un Evento de Fuerza Mayor o por el hecho de que el Cliente no haya proporcionado al Proveedor instrucciones de entrega adecuadas o cualquier otra instrucción que sea relevante para el suministro de las Mercancías.

4.4. Si el Proveedor no entrega los Bienes, su responsabilidad se limitará a los costes y gastos incurridos por el Cliente para obtener bienes de sustitución de similar descripción y calidad en el mercado más barato disponible, menos el precio de los Bienes. El Proveedor no tendrá ninguna responsabilidad por el incumplimiento de la entrega de los Bienes en la medida en que dicho incumplimiento sea causado por un Evento de Fuerza Mayor o por el hecho de que el Cliente no haya proporcionado al Proveedor instrucciones de entrega adecuadas o cualquier otra instrucción que sea relevante para el suministro de los Bienes.

4.5. Si el Cliente no acepta la entrega de los Bienes dentro de los tres Días Hábiles siguientes a la notificación por parte del Proveedor de que los Bienes están listos, entonces, salvo que dicho incumplimiento o retraso se deba a un Evento de Fuerza Mayor o al incumplimiento por parte del Proveedor de sus obligaciones en virtud del Contrato

  1. a) la entrega de los Bienes se considerará completada a las 9.00 horas del tercer Día Hábil posterior al día en que el Proveedor notificó al Cliente que los Bienes estaban listos;
  2. b) el Proveedor almacenará los Bienes hasta que se produzca la entrega, y cobrará al Cliente todos los costes y gastos relacionados (incluido el seguro).

4.6. Si 10 Días Hábiles después del día en que el Proveedor notificó al Cliente que las Mercancías estaban listas para su entrega, el Cliente no ha aceptado la entrega de las mismas, el Proveedor podrá revender o disponer de otra manera de parte o de la totalidad de las Mercancías y, después de deducir los costos razonables de almacenamiento y venta, dar cuenta al Cliente de cualquier exceso sobre el precio de las Mercancías o cobrar al Cliente por cualquier déficit por debajo del precio de las Mercancías.

4.7. El Cliente no tendrá derecho a rechazar las Mercancías si el Proveedor entrega hasta un 5% más o menos de la cantidad de Mercancías pedida, pero se hará un ajuste prorrateado en la factura del Pedido cuando se reciba la notificación del Cliente de que se ha entregado una cantidad incorrecta de Mercancías.

4.8. El Proveedor podrá entregar los Bienes a plazos, que se facturarán y pagarán por separado. Cada plazo constituirá un Contrato independiente. Cualquier retraso en la entrega o defecto en un plazo no dará derecho al Cliente a cancelar cualquier otro plazo

 

  1. CALIDAD

5.1. El Proveedor garantiza que, en el momento de la entrega, los Bienes

  1. a) se ajustan en todos los aspectos materiales a su descripción y a cualquier especificación aplicable;
  2. b) estarán libres de defectos materiales de diseño, material y mano de obra; y
  3. c) ser aptos para cualquier propósito que el Proveedor tenga.

5.2. Sujeto a la cláusula 5.3, si

  1. a) el Cliente notifica por escrito al Proveedor en el plazo de 2 días desde que descubra que algunos o todos los Bienes no cumplen con la garantía establecida en la cláusula 5.1;
  2. b) se da al Proveedor una oportunidad razonable de examinar dichos Bienes; y
  3. c) el Cliente (si así lo solicita el Proveedor) devuelva sin demora dichos Bienes a la sede del Proveedor a costa del Cliente,

el Proveedor, a su sola opción, reparará o reemplazará las Mercancías defectuosas, o reembolsará el precio pagado por las Mercancías defectuosas en su totalidad.

5.3. El Proveedor no será responsable de que los Bienes no cumplan con la garantía establecida en la cláusula 5.1 en cualquiera de los siguientes casos

  1. a) el Cliente haga cualquier otro uso de dichos Bienes después de haber dado aviso de acuerdo con la cláusula 5.2;
  2. b) el defecto surge porque el Cliente no ha seguido las instrucciones orales o escritas del Proveedor en cuanto al almacenamiento, puesta en marcha, instalación, uso y mantenimiento de los Bienes o (si no las hay) las buenas prácticas comerciales relativas a los mismos;
  3. c) el defecto surge como resultado de que el Proveedor haya seguido cualquier dibujo, diseño o especificación suministrada por el Cliente;
  4. d) el Cliente altera o repara dichos Bienes sin el consentimiento escrito del Proveedor
  5. e) el defecto se produce como resultado del desgaste normal, daño intencionado, negligencia o condiciones anormales de almacenamiento o trabajo; o
  6. f) los Bienes difieren de su descripción o de la Especificación como resultado de los cambios realizados para garantizar que cumplen con los requisitos legales o reglamentarios aplicables.

5.4. Salvo lo dispuesto en esta cláusula 5, el Proveedor no tendrá ninguna responsabilidad ante el Cliente en relación con el incumplimiento de la garantía de los Bienes establecida en la cláusula 5.1.

5.5. En el caso de que las Mercancías sean fabricadas por un tercero, el Proveedor, en la medida de lo posible y haciendo esfuerzos razonables, transmitirá al Cliente el beneficio de cualquier garantía que pueda tener del fabricante.

5.6. Salvo lo establecido en estas Condiciones, todas las garantías, condiciones y otros términos implícitos en la ley o en el derecho consuetudinario quedan, en la medida en que lo permita la ley, excluidos del Contrato.

5.7. Las presentes Condiciones se aplicarán a los Bienes reparados o de sustitución suministrados por el Proveedor.

 

  1. TÍTULO Y RIESGO

6.1. El riesgo de los Bienes se transmitirá al Cliente en el momento de la entrega.

6.2. La titularidad de los Bienes no se transmitirá al Cliente hasta que el Proveedor haya recibido el pago completo (en efectivo o fondos compensados) por: a) los Bienes; y

  1. b) cualesquiera otros bienes o servicios que el Proveedor haya suministrado al Cliente y cuyo pago haya vencido.

6.3. Hasta que la titularidad de los Bienes haya pasado al Cliente, éste: a) mantendrá los Bienes de forma fiduciaria como depositario del Proveedor;

  1. b) almacenar los Bienes por separado de todos los demás bienes que posea el Cliente, de forma que sean fácilmente identificables como propiedad del Proveedor;
  2. c) no eliminar, desfigurar u ocultar cualquier marca de identificación o embalaje de los Bienes o relacionado con ellos
  3. d) mantener los Bienes en condiciones satisfactorias y mantenerlos asegurados contra todo riesgo por su precio total a partir de la fecha de entrega
  4. e) notificar inmediatamente al Proveedor si se produce alguno de los hechos enumerados en la cláusula 10.2; y
  5. f) facilitar al Proveedor la información relativa a los Bienes que el Proveedor pueda requerir de vez en cuando,

pero el Cliente podrá revender o utilizar los Bienes en el curso ordinario de su negocio.

6.4. Si antes de que la titularidad de los Bienes se transmita al Cliente, éste se ve sometido a cualquiera de los eventos enumerados en la cláusula 10. 2, o el Proveedor cree razonablemente que tal evento está a punto de ocurrir y lo notifica al Cliente, entonces, siempre que los Bienes no hayan sido revendidos, o incorporados irrevocablemente a otro producto, y sin limitar cualquier otro derecho o recurso que el Proveedor pueda tener, el Proveedor podrá en cualquier momento requerir al Cliente que entregue los Bienes y, si el Cliente no lo hace con prontitud, entrar en cualquier local del Cliente o de cualquier tercero donde los Bienes estén almacenados para recuperarlos.

 

  1. PRESTACIÓN DE SERVICIOS

7.1. El Proveedor prestará los Servicios al Cliente de acuerdo con la Especificación relativa a los Servicios en todos los aspectos materiales.

7.2. El Proveedor hará todos los esfuerzos razonables para cumplir con las fechas de ejecución de los Servicios especificadas en la Confirmación de Pedido, pero dichas fechas serán sólo estimativas y el tiempo no será esencial para la ejecución de los Servicios.

7.3. El Proveedor tendrá derecho a realizar cualquier cambio en los Servicios que sea necesario para cumplir con cualquier ley o requisito de seguridad aplicable, o que no afecte materialmente a la naturaleza o calidad de los Servicios, y el Proveedor notificará al Cliente en cualquier caso.

7.4. El Proveedor garantiza al Cliente que los Servicios se prestarán con un cuidado y una habilidad razonables.

 

  1. OBLIGACIONES DEL CLIENTE

8.1. El Cliente deberá: a) asegurarse de que los términos del Pedido y (si es presentado por el Cliente) la Especificación de las Mercancías son completos y precisos;

  1. b) cooperar con el Proveedor en todos los asuntos relacionados con los Servicios;
  2. c) facilitar al Proveedor, sus empleados, agentes, consultores y subcontratistas, el acceso a los locales del Cliente, a las oficinas y a otras instalaciones que razonablemente requiera el Proveedor para prestar los Servicios
  3. d) proporcionar al Proveedor la información y los materiales que el Proveedor pueda razonablemente requerir para prestar los Servicios, y garantizar que dicha información es exacta en todos los aspectos materiales
  4. e) obtener y mantener todas las licencias, permisos y consentimientos necesarios que puedan ser requeridos para los Servicios antes de la fecha de inicio de los mismos; y
  5. f) conservar y mantener todos los materiales, equipos, documentos y otros bienes del Proveedor (Materiales del Proveedor) en las instalaciones del Cliente en custodia segura y por su cuenta y riesgo, mantener los Materiales del Proveedor en buen estado hasta su devolución al Proveedor, y no disponer o utilizar los Materiales del Proveedor de otra forma que no sea de acuerdo con las instrucciones o autorización por escrito del Proveedor.

8.2. Si el cumplimiento del Proveedor de cualquiera de sus obligaciones con respecto a los Servicios se ve impedido o retrasado por cualquier acto u omisión del Cliente o por el incumplimiento por parte del Cliente de cualquier obligación relevante (Incumplimiento del Cliente): a) el Proveedor, sin limitar sus otros derechos o recursos, tendrá derecho a suspender el cumplimiento de los Servicios hasta que el Cliente subsane el Incumplimiento del Cliente, y a basarse en el Incumplimiento del Cliente para liberarse del cumplimiento de cualquiera de sus obligaciones en la medida en que el Incumplimiento del Cliente impida o retrase el cumplimiento del Proveedor de cualquiera de sus obligaciones;

  1. b) el Proveedor no será responsable de ningún coste o pérdida sufrida o incurrida por el Cliente que se derive directa o indirectamente del incumplimiento o retraso del Proveedor en el cumplimiento de cualquiera de sus obligaciones según lo establecido en esta cláusula 8.2; y
  2. c) el Cliente indemnizará y mantendrá al Proveedor plenamente indemnizado, previa solicitud por escrito, por cualquier coste o pérdida sufrida o incurrida por el Proveedor que se derive directa o indirectamente del Incumplimiento del Cliente.

 

  1. PRECIO Y PAGO

9.1. El precio de los Bienes y/o Servicios será el precio establecido en la Confirmación de Pedido o, si no se indica ningún precio, el precio establecido en la lista de precios publicada por el Proveedor y vigente en la fecha de entrega.

9.2. El Proveedor podrá, mediante notificación al Cliente en cualquier momento hasta 7 Días Hábiles antes de la entrega, aumentar el precio de los Bienes y/o Servicios para reflejar cualquier aumento en el coste de los Bienes que se deba a: a) cualquier factor que escape al control del Proveedor (incluyendo fluctuaciones de divisas, aumentos de impuestos y aranceles, y aumentos de mano de obra, materiales y otros costes de fabricación);

  1. b) cualquier solicitud del Cliente para cambiar la(s) fecha(s) de entrega, las cantidades o los tipos de Bienes pedidos, o la Especificación; o
  2. c) cualquier retraso causado por instrucciones del Cliente o por la falta de información o instrucciones adecuadas o precisas por parte del Cliente al Proveedor.

9.3. El precio de los Bienes no incluye los costes y gastos de embalaje, seguro y transporte de los Bienes (incluyendo, sin limitación, cualquier licencia de exportación), que serán facturados al Cliente. Para evitar cualquier duda, el Cliente será responsable de obtener y pagar en su totalidad todas las licencias de exportación, licencias de importación, permisos u otra documentación necesaria en relación con la exportación de los Productos, así como los derechos y/o impuestos locales correspondientes.

9.4. El precio de los Bienes y Servicios no incluye los importes correspondientes al impuesto sobre el valor añadido (IVA). El Cliente, al recibir una factura válida de IVA del Proveedor, pagará al Proveedor los importes adicionales en concepto de IVA que sean exigibles por el suministro de los Bienes.

9.5. El Proveedor podrá facturar al Cliente por los Bienes en o en cualquier momento después de la finalización de la entrega, y con respecto a los Servicios en cualquier momento en o en el momento en que comience la ejecución (a menos que se acuerde lo contrario en la Confirmación de Pedido).

9.6. El Proveedor tendrá derecho a exigir en cualquier momento el pago de la totalidad o parte del precio por adelantado de la entrega de la totalidad o parte de los Bienes o de la prestación de los Servicios. El Cliente pagará la factura en su totalidad y en fondos compensados, en libras esterlinas o en la moneda que se establezca en la Confirmación de Pedido, de acuerdo con el plazo establecido en la Confirmación de Pedido o, si no se especifica ninguno, a más tardar dentro de los 30 Días Hábiles siguientes a la fecha de la factura. El pago se realizará en la cuenta bancaria designada por escrito por el Proveedor. El plazo de pago es esencial.

9.7. Si el Cliente no efectúa cualquier pago debido al Proveedor en virtud del Contrato en la fecha de vencimiento del pago (fecha de vencimiento), entonces el Cliente pagará intereses sobre la cantidad atrasada a un tipo anual del 8% por encima del Tipo de Referencia de Morosidad vigente en ese momento desde la fecha de vencimiento hasta la fecha de pago efectivo de la cantidad atrasada, ya sea antes o después del juicio. El

El Cliente deberá pagar los intereses junto con el importe vencido.

9.8. Si el Cliente no paga cualquier cantidad adeudada al Proveedor en la fecha de vencimiento, el Proveedor podrá suspender todas y cada una de las entregas de Bienes o la prestación de los Servicios (en cuyo caso el Cliente indemnizará y mantendrá al Proveedor totalmente indemne de cualquier pérdida, reclamación, responsabilidad, costes, gastos o daños incurridos por el Proveedor). Si la cantidad pendiente no se paga en 7 días a partir de la fecha en que el Proveedor notifique al Cliente de dicho incumplimiento, el Proveedor podrá rescindir el Contrato sin perjuicio de cualquier otro derecho acumulado contra o en relación con el Cliente.

9.9. El Cliente indemnizará plenamente y mantendrá al Proveedor plenamente indemnizado de y contra cualquier cargo, coste, gasto (incluyendo sin limitación costes y gastos legales, pérdidas y otras responsabilidades de cualquier tipo y forma en que incurra el Proveedor o sus agentes como resultado de cualquier incumplimiento del Cliente en el pago de acuerdo con las disposiciones de esta cláusula 9, incluyendo (sin limitación) cualquier coste incurrido por su Proveedor o sus agentes en el cobro de cualquier dinero que se le deba.

9.10. El Cliente pagará todas las cantidades adeudadas en virtud del Contrato en su totalidad, sin ninguna deducción o retención, salvo las requeridas por la ley, y el Cliente no tendrá derecho a hacer valer ningún crédito, compensación o reconvención contra el Proveedor para justificar la retención del pago de cualquier cantidad total o parcial por cualquier motivo. El Proveedor podrá en cualquier momento, sin limitar ningún otro derecho o recurso que pueda tener, compensar cualquier cantidad que le deba el Cliente con cualquier cantidad a pagar por el Proveedor al Cliente por cualquier motivo.

9.11. El Cliente tiene derecho, de común acuerdo con el proveedor, a rescindir un pedido por escrito en un plazo de 14 días a partir de la confirmación del pedido. En caso de rescisión, el proveedor tiene derecho a facturar el 10% del valor total del pedido como pago de los gastos. Las mercancías devueltas para su abono estarán sujetas a una tasa de reposición de existencias del 25%.

 

  1. INSOLVENCIA O INCAPACIDAD DEL CLIENTE Si el Cliente incurre en alguno de los supuestos enumerados en la cláusula 10.2, o el Proveedor cree razonablemente que el Cliente está a punto de incurrir en alguno de ellos y lo notifica al Cliente, entonces, sin limitar ningún otro derecho o recurso disponible para el Proveedor, el Proveedor podrá cancelar o suspender todas las entregas posteriores del Contratista bajo cualquier otro contrato entre el Cliente y el Proveedor sin incurrir en ninguna responsabilidad ante el Cliente, y todas las sumas pendientes con respecto a los Bienes entregados al Cliente serán inmediatamente exigibles.

10.2. A los efectos de la cláusula 10.1, los eventos relevantes son: a) el Cliente suspende, o amenaza con suspender, el pago de sus deudas, o es incapaz de pagar sus deudas a su vencimiento o admite su incapacidad para pagar sus deudas, o (siendo una empresa) se considera incapaz de pagar sus  deudas o (siendo una persona física) se considera incapaz de pagar sus deudas o no tiene ninguna perspectiva razonable de hacerlo (siendo una sociedad) tiene algún socio al que se aplique cualquiera de los anteriores;

  1. b) el Cliente inicia negociaciones con todos o cualquier clase de sus acreedores con el fin de reprogramar cualquiera de sus deudas, o hace una propuesta o llega a cualquier compromiso o acuerdo con sus acreedores [que no sea (cuando el Cliente es una empresa) cuando estos eventos tienen lugar con el único propósito de un plan para una fusión solvente del Cliente con una o más empresas o la reconstrucción solvente del Cliente];
  2. c) (tratándose de una sociedad) se presenta una petición, se emite una notificación, se adopta una resolución o se dicta una orden, para o en relación con la liquidación del Cliente, que no sea con el único propósito de un plan de fusión solvente del Cliente con una o más sociedades o la reconstrucción solvente del Cliente;
  3. d) (siendo una persona física) el Cliente es objeto de una petición u orden de quiebra;
  4. e) un acreedor o un acreedor hipotecario del Cliente embarga o toma posesión de la totalidad o de una parte de sus activos, o se impone o ejecuta un embargo, una ejecución o un proceso similar, y dicho embargo o proceso no se resuelve en un plazo de 14 días;
  5. f) (siendo una empresa) se presenta una solicitud ante el tribunal, o se dicta una orden, para el nombramiento de un administrador o si se presenta una notificación de intención de nombrar un administrador o si se nombra un administrador sobre el Cliente;
  6. g) (si se trata de una empresa) el titular de un gravamen flotante sobre los activos del Cliente tiene derecho a nombrar o ha nombrado a un administrador judicial;
  7. h) una persona tiene derecho a nombrar un administrador judicial sobre los activos del Cliente o se nombra un administrador judicial sobre los activos del Cliente;
  8. i) se produzca cualquier acontecimiento, o se inicie un procedimiento, con respecto al Cliente en cualquier jurisdicción a la que esté sujeto que tenga un efecto equivalente o similar a cualquiera de los acontecimientos mencionados en la cláusula 10.2(a) a la cláusula 10.2(h) (inclusive)
  9. j) el Cliente suspende, amenaza con suspender, cesa o amenaza con cesar la totalidad o la práctica totalidad de su actividad;
  10. k) la situación financiera del Cliente se deteriora hasta tal punto que, en opinión del Proveedor, la capacidad del Cliente para cumplir adecuadamente sus obligaciones en virtud del Contrato se ha puesto en peligro; y
  11. l) (siendo una persona física) el Cliente fallece o, por razón de enfermedad o incapacidad (ya sea mental o física), es incapaz de gestionar sus propios asuntos o se convierte en un paciente bajo cualquier legislación de salud mental.

10.3. La rescisión del Contrato, cualquiera que sea su origen, no afectará a los derechos y recursos de las partes que se hayan devengado en el momento de la rescisión. Las cláusulas que, de forma expresa o implícita, sobrevivan a la resolución del Contrato continuarán en pleno vigor y efecto.

 

  1. LIMITACIÓN DE LA RESPONSABILIDAD

11.1. Nada de lo dispuesto en las presentes Condiciones limitará o excluirá la responsabilidad del Proveedor por: a) muerte o daños personales causados por su negligencia, o por la negligencia de sus empleados, agentes o subcontratistas (según proceda);

  1. b) el fraude o la tergiversación fraudulenta; o
  2. c) cualquier asunto con respecto al cual sería ilegal que el Proveedor excluyera o restringiera su responsabilidad.

11.2. Con sujeción a la cláusula 11.1: a) el Proveedor no será responsable ante el Cliente, ya sea por contrato, agravio (incluida la negligencia), incumplimiento de deberes legales, o de otro modo, por cualquier pérdida de beneficios, o cualquier pérdida indirecta o consecuente que surja en virtud del Contrato o en relación con él; y

  1. b) la responsabilidad total del Proveedor frente al Cliente en relación con todas las demás pérdidas que surjan en el marco del Contrato o en relación con el mismo, ya sea por contrato, agravio (incluida la negligencia), incumplimiento de la obligación legal o de otro modo, no superará el precio de las Mercancías.

 

  1. FUERZA MAYOR

Ninguna de las partes será responsable de cualquier incumplimiento o retraso en el cumplimiento de sus obligaciones en virtud del Contrato en la medida en que dicho incumplimiento o retraso sea causado por un acontecimiento de Fuerza Mayor. Por Fuerza Mayor se entiende cualquier acontecimiento que esté fuera del control razonable de una de las partes y que, por su naturaleza, no haya podido preverse o, si se hubiera podido prever, fuera inevitable, incluidas las huelgas, los cierres patronales u otros conflictos laborales (tanto si afectan a su propia plantilla como a la de un tercero), el fallo de las fuentes de energía o de la red de transporte, los casos fortuitos, la guerra, el terrorismo, los disturbios, la conmoción civil, injerencia de las autoridades civiles o militares, calamidad nacional o internacional, conflicto armado, daños malintencionados, avería de instalaciones o maquinaria, contaminación nuclear, química o biológica, estampido sónico, explosiones, derrumbamiento de estructuras de edificios, incendios, inundaciones, tormentas, terremotos, pérdidas en el mar, epidemias o sucesos similares, desastres naturales o condiciones climáticas adversas extremas, o incumplimiento de proveedores o subcontratistas.

 

  1. ANULACIÓN Y MODIFICACIÓN

13.1. Ninguna cancelación o modificación de las presentes Condiciones o de cualquier Contrato será vinculante para el Proveedor a menos que se acuerde por escrito por un representante debidamente autorizado del Proveedor y con la estricta condición de que el Cliente indemnizará plenamente y mantendrá al Proveedor totalmente indemne de todos y cada uno de los costes y gastos en que haya incurrido el Proveedor y de los trabajos realizados en relación con el Contrato en cuestión hasta el momento de la cancelación o derivados de la modificación, así como de todo el lucro cesante y de cualquier otra pérdida, daños y perjuicios, responsabilidades, reclamaciones, costes, cargos y otros gastos que resulten para el Proveedor por razón de y/o en relación con dicha cancelación o modificación (incluyendo, sin limitación, como resultado de o en relación con el suministro o fabricación de Bienes según las Especificaciones del Cliente o de otra manera.

 

  1. GENERALIDADES

14.1.Cesión y subcontratación. a) El Proveedor podrá en cualquier momento ceder, transferir, cobrar, subcontratar o negociar de cualquier otra manera con todos o algunos de sus derechos u obligaciones en virtud del Contrato.

  1. b) El Cliente no podrá ceder, transferir, cobrar, subcontratar o negociar de cualquier otra manera con todos o algunos de sus derechos u obligaciones en virtud del Contrato sin el consentimiento previo por escrito del Proveedor.

14.2. Notificaciones.

  1. a) Cualquier notificación u otra comunicación que se haga a una parte en virtud del Contrato o en relación con el mismo se hará por escrito, y se dirigirá a esa parte en su domicilio social (si es una empresa) o en su sede principal (en cualquier otro caso) o en cualquier otra dirección que esa parte haya especificado a la otra por escrito de conformidad con esta cláusula, y se entregará personalmente, se enviará por correo de primera clase prepagado, entrega certificada, mensajería comercial, fax, pero no por correo electrónico.
  2. b) Una notificación u otra comunicación se considerará recibida: si se entrega personalmente, cuando se deje en la dirección mencionada en la cláusula 14.2(a); si se envía por correo de primera clase prepagado o entrega certificada, a las 9.00 horas del segundo Día Hábil después del envío; si se entrega por mensajero comercial, en la fecha y hora en que se firme el recibo de entrega del mensajero; o, si se envía por fax pero no por correo electrónico, un Día Hábil después de la transmisión.
  3. c) Las disposiciones de esta cláusula no se aplicarán a la notificación de cualquier procedimiento u otros documentos en cualquier acción legal.

14.3. Separación.

  1. a) Si cualquier tribunal o autoridad competente considera que cualquier disposición del Contrato (o parte de cualquier disposición) es inválida, ilegal o inaplicable, dicha disposición o parte de ella se considerará, en la medida necesaria, suprimida, y la validez y aplicabilidad de las demás disposiciones del Contrato no se verán afectadas.
  2. b) Si alguna disposición inválida, no ejecutable o ilegal del Contrato fuera válida, ejecutable y legal si se suprimiera alguna parte de esta, la disposición se aplicará con la mínima modificación necesaria para hacerla legal, válida y ejecutable

14.4. Renuncia. La renuncia a cualquier derecho o recurso en virtud del Contrato sólo será efectiva si se realiza por escrito y no se considerará una renuncia a cualquier incumplimiento o falta posterior. El hecho de que una parte no ejerza o retrase el ejercicio de cualquier derecho o recurso previsto en el Contrato o en la ley no constituirá una renuncia a ese u otro derecho o recurso, ni impedirá o restringirá el ejercicio posterior de ese u otro derecho o recurso. Ningún ejercicio único o parcial de dicho derecho o recurso impedirá o restringirá el ejercicio posterior de ese o cualquier otro derecho o recurso.

14.5. Derechos de terceros. Una persona que no sea parte del Contrato no tendrá ningún derecho en virtud de este o en relación con él.

14.6. Variación. Salvo lo dispuesto en las presentes Condiciones, cualquier variación del Contrato, incluida la introducción de términos y condiciones adicionales, sólo será vinculante cuando se acuerde por escrito y se firme por el Proveedor.

14.7. Ley aplicable y jurisdicción. El Contrato, y cualquier disputa o reclamación que surja de o en relación con el mismo o su objeto o formación (incluidas las disputas o reclamaciones no contractuales), se regirá y se interpretará de acuerdo con la legislación ESPAÑOLA, y las partes se someten irrevocablemente a la jurisdicción exclusiva de los juzgados y  tribunales de España.

 

Irida Ibérica, S.L